Los Derechos Humanos
Desde sus inicios, la ONU se ha ocupado de forma activa de la cuestión de Palestina, tratándola inicialmente como un problema de refugiados palestinos y de conflicto entre Estados. Sin embargo desde la guerra de 1967 han tomado en cuenta los aspectos políticos de este asunto. Desde ese conflicto se reactivaron las actividades de los palestinos para ejercitar sus derechos nacionales. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por medio de su resolución 242 (1967), recomendó a los gobiernos interesados que respetaran escrupulosamente los principios humanitarios del "Cuarto Convenio de Ginebra" de 1949, del que Israel es parte.
Este Convenio prohíbe el traslado forzado de los habitantes de un territorio ocupado y la ubicación en el territorio ocupado de la población civil de la potencia ocupante. Así mismo, especifica el trato de las personas protegidas de un territorio ocupado y a los detenidos, además de prohibir la imposición de castigos colectivos.
En 1968, la Asamblea General estableció un Comité Especial para investigar las prácticas israelíes que afecten a los derechos humanos del pueblo palestino. Sin embargo, el Gobierno israelí no permitió desde el principio la entrada del Comité Especial en los territorios ocupados.
Sin embargo el Comité Especial ha recurrido a visitar Estados vecinos y recopilar información a través de la prensa israelí y la impresa en territorios ocupados, además de las entrevistas con personas que tuvieran contacto directo con los palestinos. Así ha presentado informes desde 1970 complementados con dos informes periódicos adicionales desde 1989.
En estos informes se hacía notar que Israel continuaba con su política de anexión y a pesar del proceso de paz de 1993, el respeto a los derechos humanos en los territorios ocupados había disminuido, ya que la violencia había empeorado e incluso se llegaron a aislar completamente los territorios ocupados.
Debido a esto en 1993 la Comisión de Derechos Humanos decidió nombrar un relator especial encargado de examinar las violaciones de los derechos humanos en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina.
Este relator exhortó a palestinos e israelíes a evitar la violencia ya que podía ser un serio obstáculo para la paz. Sin embargo, la violencia reinició desde febrero de 1994.
Fuente: http://www.cinu.org.mx/ Situación de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado
Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/90 La Comisión de Derechos Humanos,
Inspirándose en los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando su resolución 2002/1, de 5 de abril de 2002, y su decisión 2002/103, de 16 de abril de 2002, en las que se pidió que una misión de visita se desplazase inmediatamente a la zona e informase a la Comisión al respecto,
Observando con reconocimiento los esfuerzos del Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el proceso de paz del Oriente Medio y Representante Personal del Secretario General ante la Organización de Liberación de Palestina y la Autoridad Palestina, del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente, del Comité Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, así como de otras organizaciones, por aliviar el sufrimiento del pueblo palestino,
Observando también con reconocimiento los esfuerzos de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de los otros dos miembros de su equipo por realizar la visita al territorio palestino ocupado que les había encomendado la Comisión,
1. Deplora que Israel se haya negado a recibir la visita del equipo encabezado por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, en contravención de la resolución 2002/1 y la decisión 2002/103 de la Comisión;
2. Toma nota del informe presentado por la Alta Comisionada (E/CN.4/2002/184) en el que se facilitan detalles sobre presuntas violaciones graves, generalizadas y flagrantes de los derechos humanos del pueblo palestino y del total desprecio del derecho internacional humanitario que mostraron las fuerzas israelíes durante sus operaciones en el territorio palestino ocupado;
3. Expresa su profunda preocupación por la grave situación humanitaria en que se encuentra la población civil palestina tras la invasión de las ciudades y campamentos palestinos por Israel, especialmente el campamento de Jenin, y condena las continuadas violaciones graves, generalizadas y flagrantes de los derechos humanos del pueblo palestino por la Potencia ocupante, Israel;
4. Hace suya, en este contexto, la propuesta de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de que se realice una investigación exhaustiva de las violaciones de los derechos humanos y las infracciones del derecho internacional humanitario;
5. Insta a Israel a que garantice el pleno respeto de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, especialmente el Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra;
6. Insta a la comunidad internacional a que preste asistencia humanitaria urgente y adecuada para la reconstrucción de las zonas del territorio palestino ocupado que han sido destruidas por las operaciones militares de Israel;
7. Decide mantener esta cuestión en examen a la luz de los nuevos acontecimientos que puedan producirse en el territorio palestino ocupado.